El Hurto Impropio

Este artículo hace un análisis del artículo 217 inciso 3 del Código Penal costarricense contemplado en la Sección IV del Libro II, llamada “Estafas y otras defraudaciones. Se determina el concepto del llamado hurto impropio y el bien jurídico que tutela, además se establece que no constituye un deli...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Castillo González, Francisco
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Costa Rica 2016
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/iusdoctrina/article/view/27509
Descripción
Sumario:Este artículo hace un análisis del artículo 217 inciso 3 del Código Penal costarricense contemplado en la Sección IV del Libro II, llamada “Estafas y otras defraudaciones. Se determina el concepto del llamado hurto impropio y el bien jurídico que tutela, además se establece que no constituye un delito de estafa ni defraudación. También, se estudia la evolución del “furtum possessionis” en Costa Rica y en otros países como España, Francia, Alemania y Suiza.