Sumario: | La Gente de Mar son quienes trabajan abordo de embarcaciones. Esta Formación es indispensable, sin ella, el riesgo de muerte, daños económicos y ambientales se incrementan drásticamente. Está regulada internacionalmente por el Convenio para la Formación, Titulación y Guarda de la Gente de Mar (STCW/78) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y sus enmiendas. Nicaragua se adhiere a este Convenio en el año 2008 mediante el Decreto No. 5,547 y lo respalda en su Constitución Política con los Artos. No. 58, 80, 82.6, 85 y 86. Es clave para el Comercio Marítimo Nicaragüense ya que provee: educación, nuevas fuentes de empleo y permite que el país sea admitido en la Lista Blanca de la OMI, incrementando así su competitividad a nivel internacional y su producto interno bruto mediante las remesas familiares.
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