Sumario: | Ante el avance de las TIC surgen conductas que, si bien es cierto no son nuevas, traen modalidades diferentes en cuanto a su comisión, como es el caso del sexting y la sextorsión. En la actualidad en Nicaragua, hay una aparente falta de información en cuanto a estas conductas y más aún cuando es realizada dentro del marco de relaciones de afectividad. En el presente artículo se define en que consiste el sexting y sextorsión y el tratamiento legal que en apariencia se le da, esto con un enfoque de violencia de género, por lo que la ley especializada a analizar será la ley No. 779, Ley Integral Contra la Violencia hacia las Mujeres y de Reformas a la Ley No. 641, Código Penal.
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