La "defensa" de la constitución política
Los artículos 195 y 196 son normas superiores a la Constitución Política, dado que la regulan. La modificación de estos artículos le corresponde a la Asamblea Nacional Constituyente, no a la Asamblea Legislativa.
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2004
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/9708 |
Sumario: | Los artículos 195 y 196 son normas superiores a la Constitución Política, dado que la regulan. La modificación de estos artículos le corresponde a la Asamblea Nacional Constituyente, no a la Asamblea Legislativa. |
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