La asunción de la deuda ajena en nuestro derecho positivo, con especial énfasis en la sucesión a título particular en el débito y en la novación subjetiva pasiva

Harto difundida es la fórmula tradicional según la cual la adquisición es la conjución o unión del derecho con un determinado sujeto. Obviamente, se trata ésta de una expresión metafórica o, cuando mucho, aproximada.

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Certad M, Gastón
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16552
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