Alcances de la frase "no son aplicables a los pagares las disposiciones de las letras de cambio referentes... a las exigencias del protesto" contenida en el párrafo final del artículo 802 del código de comercio
Nuestro actual Código de Comercio define el pagaré como:"...Un documento por el cual la persona que lo suscribe promete incondicionalmente pagar a otra una cierta cantidad de dinero dentro de determinado plazo" (artículo 799).El conocido comercialista argentino Carlos Malagarriga nos dice...
Autor principal: | Certad M., Gastón |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/14126 |
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