La relación negocial del tiempo compartido (timesharing)

La industria del turismo, la fiebre vacacional y la publicitada actividad del ocio (que ha dado lugar a lo que sociológicamente se denomina la cultura del ocio, como parte de la inducción al consumismo) han fomentado la comercialización de la relación contractual divulgada como de tiempo compartido...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Romero-Pérez, Jorge Enrique
Format: Online
Language:spa
Published: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Online Access:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13371
Description
Summary:La industria del turismo, la fiebre vacacional y la publicitada actividad del ocio (que ha dado lugar a lo que sociológicamente se denomina la cultura del ocio, como parte de la inducción al consumismo) han fomentado la comercialización de la relación contractual divulgada como de tiempo compartido (Timesharing). Es un contrato para las clases medias y altas, que pueden disponer de los recursos financieros para invertirlos en el campo de la industria turística, a nivel nacional e internacional, impulsada por las empresas transnacionales dedicadas a la actividad hotelera, de playa, del turismo en general.Este contrato es novedoso, y es esencialmente de adhesión. Existe, por ello, poca jurisprudencia sobre este convenio. Lo cual no significa, que en el plano de la realidad no se den conflictos generados por la ejecución de este contrato, los cuales, de momento, no llegan a estrados judiciales. Es muy probable, dada la fuerza de este sector del turismo, dentro del sistema económico, que este convenio adquiera una mayor presencia comercial.