La acción cambiaria de regreso
La acción cambiaria en el derecho de los títulos-valores debe distinguirse en materia de acción, entre la acción cambiaria y la acción causal, según derive ésta de la relación cartular o cambiaria propiamente dicha, o provenga de la relación subyacente o relación fundamental.
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13326 |
Sumario: | La acción cambiaria en el derecho de los títulos-valores debe distinguirse en materia de acción, entre la acción cambiaria y la acción causal, según derive ésta de la relación cartular o cambiaria propiamente dicha, o provenga de la relación subyacente o relación fundamental. |
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