“LA VIGENCIA DEL CONSENTIMIENTO EN LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA : ¿PUEDE UN ORDENADOR OFERTAR, CONSENTIR Y GENERAR OBLIGACIÓN?”

En el contexto actual, la contratación electrónica ha surgido como una forma predominante de establecer acuerdos y manifestar consentimiento. Sin embargo, este fenómeno plantea retos significativos para la teoría tradicional del negocio jurídico, especialmente con el uso de sistemas automatizados e...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Mosquera T. , Margareth J.
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Panamá, Facultad de Administración de Empresas y Contabilidad 2025
Acceso en línea:https://revistas.up.ac.pa/index.php/cpa_panama/article/view/6630
Descripción
Sumario:En el contexto actual, la contratación electrónica ha surgido como una forma predominante de establecer acuerdos y manifestar consentimiento. Sin embargo, este fenómeno plantea retos significativos para la teoría tradicional del negocio jurídico, especialmente con el uso de sistemas automatizados e inteligencia artificial (IA). Este ensayo explora la cuestión de si un ordenador puede ofertar, consentir y generar obligaciones legales. Para abordar esta interrogante, se presentan dos posturas: una a favor, que sugiere que un marco regulatorio adecuado podría permitir que sistemas automatizados actúen como agentes en la contratación, y otra en contra, que sostiene que  el  consentimiento y  la asunción  de  obligaciones son atributos exclusivos de seres     humanos con capacidad de voluntad y discernimiento. Se analiza el concepto de consentimiento desde diversas perspectivas, incluyendo la base filosófica, jurídica, la capacidad de contextualizar, asumir responsabilidades, y manifestar la intención de comprometerse. Además, se discuten las implicaciones en la industria marítima, donde la contratación electrónica ya es una práctica extendida, particularmente con plataformas como BIMCO's SmartCon. Finalmente, el ensayo concluye que, aunque la contratación electrónica es una modalidad efectiva, no cambia la esencia del consentimiento ni del contrato tradicional. La posibilidad de que los sistemas automatizados puedan ofertar y consentir dependerá de futuras adaptaciones legales, éticas y sociales.