Función Del Notario En Las Voluntades Anticipadas Como manifestación De La Autonomía De La Persona Según La Ley 68 De 2003.

.  El Notario en Panamá, desarrolla una función pública delegada por el Órgano Ejecutivo, para dar fe pública a ciertos actos e instrumentos, a propósito que resulten fidedignos frente a terceros. En ese sentido, en el marco del documento de voluntades anticipadas reglamentadas por el Decre...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Valencia Moreno, Alexander
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2023
Acceso en línea:https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/3457
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spelling ANUARIODERECHO34572023-06-29T15:03:55Z Función Del Notario En Las Voluntades Anticipadas Como manifestación De La Autonomía De La Persona Según La Ley 68 De 2003. Valencia Moreno, Alexander Notario función pública fe pública voluntades anticipadas autenticidad Notary public function public faith advance directive authenticity The Notary in Panamá, develops a delegated public function by the Executive Body, to give public faith to certain acts and instruments, so they are reliable before third parties. In this sense, within the framework of the advanced directive document regulated by Executive Decree No, 1458 of November 6, 2012, the Notary’s participation in this document is for the purpose of attesting publicly to the veracity of the document, for the subsequent implications that it entails, because, as stated in article 1727 of our Civil Code, the law deposits public faith in the Notary regarding the acts and contracts that must pass before him. .  El Notario en Panamá, desarrolla una función pública delegada por el Órgano Ejecutivo, para dar fe pública a ciertos actos e instrumentos, a propósito que resulten fidedignos frente a terceros. En ese sentido, en el marco del documento de voluntades anticipadas reglamentadas por el Decreto Ejecutivo No. 1458 de 6 de noviembre de 2012, la participación del Notario en este documento es con el propósito de dar fe pública de la veracidad del documento, por las implicaciones posteriores que conlleva; por que como señala el artículo 1727 de nuestro Código civil, en el Notario deposita la ley la fe pública respecto de los actos y contratos que ante el deben pasar. Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2023-01-26 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Artículo revisado por pares application/pdf https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/3457 10.48204/j.aderecho.n52.a3457 Anuario de Derecho; Núm. 52: Anuario de Derecho; 336-348 2953-299X 0553-0814 spa https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/3457/2957 Derechos de autor 2023 Anuario de Derecho https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
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