Función Del Notario En Las Voluntades Anticipadas Como manifestación De La Autonomía De La Persona Según La Ley 68 De 2003.

.  El Notario en Panamá, desarrolla una función pública delegada por el Órgano Ejecutivo, para dar fe pública a ciertos actos e instrumentos, a propósito que resulten fidedignos frente a terceros. En ese sentido, en el marco del documento de voluntades anticipadas reglamentadas por el Decre...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Valencia Moreno, Alexander
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2023
Acceso en línea:https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/3457
Descripción
Sumario:.  El Notario en Panamá, desarrolla una función pública delegada por el Órgano Ejecutivo, para dar fe pública a ciertos actos e instrumentos, a propósito que resulten fidedignos frente a terceros. En ese sentido, en el marco del documento de voluntades anticipadas reglamentadas por el Decreto Ejecutivo No. 1458 de 6 de noviembre de 2012, la participación del Notario en este documento es con el propósito de dar fe pública de la veracidad del documento, por las implicaciones posteriores que conlleva; por que como señala el artículo 1727 de nuestro Código civil, en el Notario deposita la ley la fe pública respecto de los actos y contratos que ante el deben pasar.