El sexo de la persona: ¿un estado civil en el derecho español?

Tradicionalmente, el sexo ha sido considerado en el Derecho español como un estado civil, con las consecuencias que ello tiene en orden a la aplicación del régimen jurídico de este. Pero la evolución del ordenamiento jurídico ha modificado dicha consideración. Por un lado, la estabilidad o permanenc...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Mayor Del Hoyo, María Victoria
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2016
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/24305
Descripción
Sumario:Tradicionalmente, el sexo ha sido considerado en el Derecho español como un estado civil, con las consecuencias que ello tiene en orden a la aplicación del régimen jurídico de este. Pero la evolución del ordenamiento jurídico ha modificado dicha consideración. Por un lado, la estabilidad o permanencia del sexo como condición de la persona se han visto afectadas en los últimos tiempos. Y, por otro lado, la equiparación de la capacidad de obrar de hombre y mujer y la progresiva tendencia a la igualdad han restado trascendencia jurídica al sexo de la persona. Todo ello ha debilitado considerablemente su condición de estado civil. A pesar de ello, existen en los últimos años nuevas normas que dan una nueva dimensión a la trascendencia jurídica del mismo.