Sumario: | La imposición globalizada y ampliada de los términos de la propiedad intelectual, ha sido posible gracias a la firma de distintos tratados de libre comercio multilaterales, bilaterales/regionales y plurilaterales y a su utilización de manera combinada. Anteriormente, los países gozaban de libertad territorial para definir dichos términos entre los que se hallaba, de manera generalizada, el no otorgar ningún tipo de propiedad intelectual a las formas de vida. Aquí analizaremos algunos aspectos de los capítulos de propiedad intelectual de varios pactos comerciales multilaterales y el contenido general de otros dos relacionados con la de protección y uso sostenible de la biodiversidad silvestre o domesticada. Luego examinaremos cómo estos dos son sometidos a los pactos comerciales ya que la explotación de la riqueza biológica debe observar las reglas de la propiedad intelectual. Por último, revisaremos las estrategias utilizadas para imponer globalmente dichas reglas combinando el uso de los distintos tratados multilaterales, bilaterales y plurilaterales.
|