La responsabilidad penal del notario nicaragüense en el ejercicio de su función

Uno de los delitos que fundamenta la responsabilidad penal del notario nicaragüense es el delito de falsedad ideológica, el que puede ser cometido por este en el ejercicio de su función y en el que el objeto material sobre el que recae su ilicitud es el documento público. El notario es un funcionari...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Agüero Alaniz, Vilma Idalia
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Journal of Law of the Faculty of Legal and Social Sciences 2019
Acceso en línea:https://revistas.unanleon.edu.ni/index.php/revistadederecho/article/view/162
Descripción
Sumario:Uno de los delitos que fundamenta la responsabilidad penal del notario nicaragüense es el delito de falsedad ideológica, el que puede ser cometido por este en el ejercicio de su función y en el que el objeto material sobre el que recae su ilicitud es el documento público. El notario es un funcionario público y está definido por la Ley del Notariado como un ministro de fe pública, convirtiéndose de esta manera en un garante de la seguridad jurídica que persigue el tráfico jurídico. Así, la fe pública está considerada por nuestra jurisprudencia como verdad de carácter oficial que todos estamos en la obligación de aceptar, salvo que de manera plena se demuestre en juicio que el notario haya incurrido en cualquier falsedad.