La División de Poderes en la Constitución de 1982
La División de Poderes es el principio político según el cual las funciones legislativa, judicial y ejecutiva del Estado deben estar separadas, como poderes independientes, para que pueda establecerse un sistema de controles y equilibrios que limite las facultades del gobierno y proteja los derechos...
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras
2013
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Acceso en línea: | https://www.camjol.info/index.php/LRD/article/view/1231 |
Sumario: | La División de Poderes es el principio político según el cual las funciones legislativa, judicial y ejecutiva del Estado deben estar separadas, como poderes independientes, para que pueda establecerse un sistema de controles y equilibrios que limite las facultades del gobierno y proteja los derechos individuales.- Principio establecido en nuestra Constitución de la República el cual no se respeta en su totalidad. DOI: http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v30i0.1231 Revista de Derecho, Vol. 30, No. 1, año 2009; 9-26 |
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