El convenio no. 189 oit, como parte de la legislacion social costarricense
Corresponde al primer Poder de la República, ratificar los instrumentos internacionales, con el fin de que entren en vigencia dentro del ordenamiento jurídico Costarricense (teoría monista); siendo que la Constitución Política del país, específicamente en su artículo séptimo, estipula que los instru...
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2017
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/27824 |
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JURIDICAS27824 |
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JURIDICAS278242017-01-26T19:22:25Z The agreement did not. 189 oit, as part of Costa Rican social legislation El convenio no. 189 oit, como parte de la legislacion social costarricense Briones Briones, Eric Instrumentos internacionales laborales servicio doméstico inspección de trabajo Convenio 189 OIT Ley no. 8726 trabajo decente trabajo migrante Ley no. 9169 International labor instruments domestic service labor inspection ILO Convention 189 Law No. 8726 decent work migrant labor Law No. 9169 Ratification of international instruments corresponds to the first power of the Republic so that they may take effect within the Costa Rican legal system (theory of monism), as the Constitution of the country stipulates, specifically under Article Seven, that any international instruments such as public treaties, international agreements and concordats, duly approved by the Legislature, will take precedence over laws on the date of their enactment or on any other date specified therein. In this sense, by Law No. 9169 dated October 22, 2013, ILO Convention 189 on Decent Work for Domestic Workers was passed. This will certainly promote a rigorous development -within the occupational profile of domestic workers—of decent work, this being understood as a positive component of social justice, consistent with the reasonable expectations of every worker of performing productive, fairly remunerated labor in conditions of freedom, equality, equity and security (Brú Bautista). Lastly, this paper portrays a descriptive and reflective study with the aim of helping the legal practitioner to apply it, by approaching three main elements: Issues prior to the fair reform (Law No. 8726), constitutionality background, and international commitments as of such adoption. It finally presents the author’s appropriate considerations. Corresponde al primer Poder de la República, ratificar los instrumentos internacionales, con el fin de que entren en vigencia dentro del ordenamiento jurídico Costarricense (teoría monista); siendo que la Constitución Política del país, específicamente en su artículo séptimo, estipula que los instrumentos internacionales tales como los tratados públicos, convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes. Bajo este sentido, es que mediante ley no. 9169 de fecha 22 de octubre del año 2013, se aprobó el Convenio 189 OIT, sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, lo que significa, sin lugar a dudas, que va a propiciar el desarrollo riguroso -dentro del perfil ocupacional del servicio doméstico- del concepto del trabajo decente, entendido como algo positivo de justicia social, que está acorde con las expectativas razonables de todo trabajador de contar con la realización de una labor productiva, justamente remunerada, en condiciones de libertad, igualdad, equidad y seguridad (Brú Bautista). Finalmente el presente trabajo, realiza un estudio de tipo descriptivo y reflexivo con el fin ayudar al operador jurídico a su aplicación, bajo el abordaje de tres contenidos: Problemática antes de la justa reforma (Ley no. 8726); antecedentes de constitucionalidad y los compromisos internacionales a partir de esta adopción. Finalizándose con las consideraciones oportunas del autor. Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2017-01-26 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Article application/pdf https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/27824 10.15517/rcj.2016.27824 Revista de Ciencias Jurídicas; No. 141 (2016) Revista de Ciencias Jurídicas; Núm. 141 (2016) 2215-5155 0034-7787 10.15517/rcj.2016 spa https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/27824/28027 Derechos de autor 2017 Revista de Ciencias Jurídicas |
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Briones Briones, Eric |
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Corresponde al primer Poder de la República, ratificar los instrumentos internacionales, con el fin de que entren en vigencia dentro del ordenamiento jurídico Costarricense (teoría monista); siendo que la Constitución Política del país, específicamente en su artículo séptimo, estipula que los instrumentos internacionales tales como los tratados públicos, convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes. Bajo este sentido, es que mediante ley no. 9169 de fecha 22 de octubre del año 2013, se aprobó el Convenio 189 OIT, sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, lo que significa, sin lugar a dudas, que va a propiciar el desarrollo riguroso -dentro del perfil ocupacional del servicio doméstico- del concepto del trabajo decente, entendido como algo positivo de justicia social, que está acorde con las expectativas razonables de todo trabajador de contar con la realización de una labor productiva, justamente remunerada, en condiciones de libertad, igualdad, equidad y seguridad (Brú Bautista). Finalmente el presente trabajo, realiza un estudio de tipo descriptivo y reflexivo con el fin ayudar al operador jurídico a su aplicación, bajo el abordaje de tres contenidos: Problemática antes de la justa reforma (Ley no. 8726); antecedentes de constitucionalidad y los compromisos internacionales a partir de esta adopción. Finalizándose con las consideraciones oportunas del autor. |
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