Comentarios sobre el sistema de jurados en la legislación costarricense (1873-1903)

El estudio de la evolución del sistema jurídico costarricense, nos permite observar que, en determinados momentos y circunstancias históricas, la formación de algunas instituciones ha respondido –en mayor o menor grado- al temperamento o carácter particular de nuestros gobernantes.Precisamente, en l...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Houed Vega, Mario A.
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17156
Descripción
Sumario:El estudio de la evolución del sistema jurídico costarricense, nos permite observar que, en determinados momentos y circunstancias históricas, la formación de algunas instituciones ha respondido –en mayor o menor grado- al temperamento o carácter particular de nuestros gobernantes.Precisamente, en lo que concierne a la legislación penal (sustantiva y procesal), consideramos que dos ejemplos pueden respaldar nuestra afirmación: el Código General de 1841 (conocido popularmente como Código de Carrillo) y quizás no tan conocida Ley de Jurado de 1873, promulgada a iniciativa del General Tomás Guardia.  En ambos casos se refleja la personalidad de sus inspiradores (o algo más en el caso de Carrillo), arbitraria para algunos, paternalista para otros, pero sin negar el ferviente deseo por la organización y la disciplina.