El examen de la prueba de casación

¿Le es dable a la Sala de Casación, guiada por un celo de justicia, examinar todo el material probatorio de un juicio -como decía Calamendrei-, "para restablecer, de ese modo, la verdad de la relación sustancial"?Nuestra Corte de Casación ha dicho siempre que no; por ejemplo, en sentencia...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Guier Sáenz, Enrique
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17104
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spelling JURIDICAS171042014-11-19T18:40:21Z El examen de la prueba de casación Guier Sáenz, Enrique ¿Le es dable a la Sala de Casación, guiada por un celo de justicia, examinar todo el material probatorio de un juicio -como decía Calamendrei-, "para restablecer, de ese modo, la verdad de la relación sustancial"?Nuestra Corte de Casación ha dicho siempre que no; por ejemplo, en sentencia de las 1 O horas del 20 de agosto de 1947 dijo que a ese tribunal le estaba "vedado escudriñar de oficio el acervo probatorio"; pero muchas veces lo ha hecho, hasta dejando, en algunas ocasiones, constancia expresa de ello en la propia sentencia. Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014-11-19 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Article application/pdf https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17104 10.15517/rcj.1964.17104 Revista de Ciencias Jurídicas; No. 3 (1964) Revista de Ciencias Jurídicas; Núm. 3 (1964) 2215-5155 0034-7787 10.15517/rcj.1964 spa https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17104/16548 Derechos de autor 2014 Revista de Ciencias Jurídicas
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