Summary: | Todo juicio supone una petición para que el Juez realice una actuación frente a otra persona, en beneficio del actor. Para seguir a Guasp (Derecho Procesal Civil, pág. 255) puede decirse que la pretensión procesal es la declaración de voluntad, por la que se solicita una actuación de un órgano jurisdiccional frente a persona determinada y distinta del autor de la declaración.Lo típico del proceso contencioso administrativo que en el mismo la presentación del actor se refiere siempre –o debe hacerle- a actos administrativos. Esta pretensión tiene por específico fin el lograr la anulación o reforma de actos administrativos, haciendo valer los vicios jurídicos que padecen. El actor, en otras palabras, le pide al Juez que anule o reforme un acto frente a la Administración que lo dictó y frente a cualquier interesado.
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