De la recurribilidad de los llamados “actos discrecionales”
La pretendida distinción entre los actos discrecionales y los actos reglados ha sido definitivamente abandonada en nuestros días. Todos los autores concuerdan en la actualidad, que lo que existe es un poder discrecional de la administración, más o menos amplio, que no justifica bajo ningún concepto,...
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16965 |
Sumario: | La pretendida distinción entre los actos discrecionales y los actos reglados ha sido definitivamente abandonada en nuestros días. Todos los autores concuerdan en la actualidad, que lo que existe es un poder discrecional de la administración, más o menos amplio, que no justifica bajo ningún concepto, la exclusión a priori del examen jurisdiccional del acto administrativo.La doctrina administrativa moderna admite lisa y llanamente la existencia del poder discrecional de la Administración, pero limitan su concepto y afirman unánimemente la posibilidad del contralor jurisdiccional de los actos dictados discrecionalmente. |
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