La autonomía administrativa costarricense
Situación constitucional Dice el artículo 188 de nuestra Constitución Política:“Las Instituciones Autónomas del Estado gozan de independencia en materia de Gobierno y administración”…Y agrega el artículo 184 inciso 2) y 4):“son deberes y atribuciones de la Contraloría: examinar, aprobar e imporbar l...
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Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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JURIDICAS169552014-11-13T19:26:26Z La autonomía administrativa costarricense Ortiz Ortiz, Eduardo Situación constitucional Dice el artículo 188 de nuestra Constitución Política:“Las Instituciones Autónomas del Estado gozan de independencia en materia de Gobierno y administración”…Y agrega el artículo 184 inciso 2) y 4):“son deberes y atribuciones de la Contraloría: examinar, aprobar e imporbar los presupuestos de las municipalidades e instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación”, así como “examinar, glosar y fenecer las cuentas de las instituciones del estado y de los funcionarios públicos”.En síntesis, nuestra Constitución crea la autonomía y expresamente la limita a través de la Contraloría, como “institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública” (Artículo 183). Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014-11-12 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Article application/pdf https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16955 10.15517/rcj.1966.16955 Revista de Ciencias Jurídicas; No. 8 (1966) Revista de Ciencias Jurídicas; Núm. 8 (1966) 2215-5155 0034-7787 10.15517/rcj.1966 spa https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16955/16399 Derechos de autor 2014 Revista de Ciencias Jurídicas |
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Situación constitucional Dice el artículo 188 de nuestra Constitución Política:“Las Instituciones Autónomas del Estado gozan de independencia en materia de Gobierno y administración”…Y agrega el artículo 184 inciso 2) y 4):“son deberes y atribuciones de la Contraloría: examinar, aprobar e imporbar los presupuestos de las municipalidades e instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación”, así como “examinar, glosar y fenecer las cuentas de las instituciones del estado y de los funcionarios públicos”.En síntesis, nuestra Constitución crea la autonomía y expresamente la limita a través de la Contraloría, como “institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública” (Artículo 183). |
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