Suspensión del acto impugnado en la vía contencioso-administrativa en Costa Rica

La suspensión del acto impugnado en el juicio contencioso-administrativo es el resultado favorable de una petición incidental (o acciental, según terminología de Briseño Sierra, y tiene carácter cautelar o precautorio, tendente a grantizar la supervivencia del derecho o del interés lesionado por aqu...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ortiz Ortiz, Eduardo
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16705
Descripción
Sumario:La suspensión del acto impugnado en el juicio contencioso-administrativo es el resultado favorable de una petición incidental (o acciental, según terminología de Briseño Sierra, y tiene carácter cautelar o precautorio, tendente a grantizar la supervivencia del derecho o del interés lesionado por aquel acto, cuando la ejecución de éste último puede ocasionarle daños de imposible, grave o muy difícil reparación. Puede definirse, con González Pérez, como “La interrupción temporal de la eficiencia del acto”.