Normas Tributarias del Código Municipal y sus relaciones con el Nuevo Código Tributario

Dispone el artículo 21 inciso b) del Código Municipal como atribución del Concejo “acordar los presupuestos, fijar las contribuciones y tasas y proponer los impuestos”.Son tipos de contribuciones que autoriza el código municipal a favor de las municipalidades: la distribución del valor de las obras...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Castro L., Manuel Ángel
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/16665
Descripción
Sumario:Dispone el artículo 21 inciso b) del Código Municipal como atribución del Concejo “acordar los presupuestos, fijar las contribuciones y tasas y proponer los impuestos”.Son tipos de contribuciones que autoriza el código municipal a favor de las municipalidades: la distribución del valor de las obras nuevas, de pavimentación de calles, de construcción de nuevas vías, aceras, cordones de caño, cunetas, alcantarillado pluvial y sanitario, acueductos y distribución de iluminación eléctrica que realicen, que vienen así a ser contribuciones urbanas; el costo de las obras de construcción de caminos vecinales y la cuota anual para el mantenimiento de los caminos vecinales llamada detalle. Son tasas las fijaciones por servicios urbanos y los costos de los servicios por limpieza. Las actividades sujetas a licencia municipal están gravadas por medio del impuesto municipal, dentro de los límites máximos reglamentados por la Contraloría General de la República.