Meditaciones sobre divisibilidad e individualidad de la obligación

Partiendo del hecho indiscutible de que divisibilidad e indivisibilidad son nociones diametralmente opuestas, la divisibilidad y la indivisibilidad de la obligación se determinan, según se infiere del inciso 1° del artículo 662 C.C., en función de la indivisibilidad o divisibilidad del objeto de la...

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Bibliographic Details
Main Author: Certad M., Gastón
Format: Online
Language:spa
Published: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Online Access:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/15391
Description
Summary:Partiendo del hecho indiscutible de que divisibilidad e indivisibilidad son nociones diametralmente opuestas, la divisibilidad y la indivisibilidad de la obligación se determinan, según se infiere del inciso 1° del artículo 662 C.C., en función de la indivisibilidad o divisibilidad del objeto de la obligación - más propiamente de la presentación-, esto es, de la cosa o del hecho debido.