Control de constitucionalidad sobre resoluciones jurisdiccionales
La Constitución Política establece que los actos jurisdiccionales no son susceptibles de ser impugnados en la vía constitucional. Sin embargo, el Código Procesal Contencioso Administrativo ha abierto la posibilidad para que las resoluciones jurisdiccionales sean sometidas al contralor de constitucio...
Autor principal: | |
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Formato: | Online |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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Acceso en línea: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/15235 |
Sumario: | La Constitución Política establece que los actos jurisdiccionales no son susceptibles de ser impugnados en la vía constitucional. Sin embargo, el Código Procesal Contencioso Administrativo ha abierto la posibilidad para que las resoluciones jurisdiccionales sean sometidas al contralor de constitucionalidad ante el Juez de Casación, lo cual amplía ostensiblemente las facultades del justiciable en procura de defender sus derechos e intereses ante los Tribunales de Justicia de la República. |
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