El artículo 595 del código civil de costa rica: ¿limitación a la libertad de testar?

El actual Código Civil de Costa Rica (CC), fue promulgado por ley Nº XXX del 19 de abril de 1885,(3) y entró a regir a partir de enero de 1888, según ley Nº 63 del 28 de setiembre de 1887. Con él se derogó el Código General, llamado “de Carrillo” (CG), del 30 de junio de 1841. Igualmente el nuevo Có...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Arroyo Álvarez, Wilberth
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13397
Descripción
Sumario:El actual Código Civil de Costa Rica (CC), fue promulgado por ley Nº XXX del 19 de abril de 1885,(3) y entró a regir a partir de enero de 1888, según ley Nº 63 del 28 de setiembre de 1887. Con él se derogó el Código General, llamado “de Carrillo” (CG), del 30 de junio de 1841. Igualmente el nuevo Código Civil derogó otras legislaciones especiales, en otras la Ley de Sucesiones de 1881. Hace 119 años se varía el sistema sucesorio que hasta entonces había regido en el Código General, basado en la llamada Legítima, por otro basó en la libertad de testar, por medio de la ley de 1881,(4) que sirvió de transición hacia el nuevo régimen sucesorio del 1886; regulación que por todo lo absoluta que resulta, en cuanto a esa libertad testamentaria, se pretendió “matizar” con el famoso artículo 595, que será el tema de análisis del presente estudio.