La libertad de cátedra
Establece el artículo 87 constitucional que: “La libertad de cátedra es un principio fundamental de la enseñanza universitaria”. Procede, por tanto, que nos aboquemos a desentrañar su alcance y contenidos en lo que a nuestro ordenamiento jurídico se refiere. No recoge las Actas de la Asamblea Consti...
Main Author: | |
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Format: | Online |
Language: | spa |
Published: |
Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2014
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Online Access: | https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13355 |
Summary: | Establece el artículo 87 constitucional que: “La libertad de cátedra es un principio fundamental de la enseñanza universitaria”. Procede, por tanto, que nos aboquemos a desentrañar su alcance y contenidos en lo que a nuestro ordenamiento jurídico se refiere. No recoge las Actas de la Asamblea Constituyente de 1949 discusión alguna referente a la libertad que nos ocupa, razón por la cual no podemos determinar cuál fue la intención y el espíritu del constituyente sobre la misma. Unicamente en el acta 161 se da a conocer que este artículo es producto de una moción presentada por el Diputado Baudrit Solera y compañeros, la que fue aprobada; consecuentemente, la libertad de cátedra no fue objeto de polémica alguna en el seno de dicha Asamblea. |
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