El rostro de la violencia doméstica en la fase de investigación ante el Ministerio Público.

El género, en la especie humana se utilizan las denominaciones de “femenino” para referirse a la mujer y “masculino” para referirnos al hombre; sin embargo, pareciera ser que, en las investigaciones sobre los procesos penales de violencia de género y doméstica, únicamente, existe el género femenino,...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Outten Barría , Reina E.
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2024
Acceso en línea:https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/6385
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Jurisdicción violencia doméstica género relación de pareja cónyuges Jurisdiction domestic violence gender couple relationship spouses Gender, in the human species, the denominations “ female” are used to refer to women and “male” to refer to men; However, it seems that, in the investigations on the criminal processes of gender and domestic violence, only the female gender exists, due to the degree of vulnerability situations in which women are exposed, added to the notorious fact that the gender approach is distorted placing women as the only person in a situation of social vulnerability when this approach should be aimed at the protection of constitutional and human rights of all persons with equal opportunities and procedural guarantees that are or will be placed in that situation.  Currently, in the investigations that are carried out in the section of the Specialized Prosecutor's Offices for Family and Youth Affairs, attached to the Public Ministry of the Attorney General's Office of the Republic of Panama, the complaints for domestic and gender violence are related to femicide and domestic violence focused only on women, due to the degree of convergence of one with the other. From this perspective, we can sustain that the majority of the complaints for gender violence are filed only by women and those for domestic violence, to a large extent, also by women, since for men there is no such degree of legal protection, because the law does not address it. In this sense, we affirm that there are no statistics that show the percentage of convictions of any man for gender violence, while for domestic violence there are, and they are very biased or partial. Our research is a critique of the confusion of these concepts in the investigation phase before the Public Prosecutor's Office, within the criminal proceedings related to people who have a couple relationship, by reason of the marriage that unites them. In addition, we make a brief distinction of what distinguishes a complaint for domestic and gender violence with a claim of cruel treatment before the Family Jurisdiction. El género, en la especie humana se utilizan las denominaciones de “femenino” para referirse a la mujer y “masculino” para referirnos al hombre; sin embargo, pareciera ser que, en las investigaciones sobre los procesos penales de violencia de género y doméstica, únicamente, existe el género femenino, por el grado de situaciones de vulnerabilidad en las que se expone la mujer, aunado al hecho notorio de que el enfoque de género se tergiversa ubicando a la mujer como única persona en situación de vulnerabilidad social cuando este enfoque debe estar encaminado a la protección de los derechos constitucionales y humanos de todas las personas con iguales oportunidades y garantías procesales que estén o se pongan en esa situación. Actualmente, en las investigaciones que se llevan a cabo en la sección de Fiscalías Especializadas en Asuntos de Familia y el Menor, adscritas al Ministerio Público de la Procuraduría General de la Nación de la República de Panamá, las denuncias por violencia doméstica y de género son relacionadas al femicidio y a la violencia doméstica enfocada solo a la mujer, por el grado de convergencia de una con la otra. Desde esta perspectiva, podemos sostener que la mayoría de las denuncias por violencia de género son interpuestas únicamente por las mujeres y las de violencia doméstica, en gran medida, también por las mujeres, puesto que para los hombres no existe este grado de proteccionismo legal, porque así no lo contempla la Ley. En este sentido, afirmamos que no existen estadísticas que demuestren el porcentaje de condenas de ningún hombre por violencia de género, mientras que por violencia doméstica sí y son muy sesgadas o parcializadas. Nuestra investigación es una crítica a la confusión de estos conceptos en la fase de investigación ante el Ministerio Público, dentro de los procesos penales relativos a las personas que tienen una relación de pareja, por motivo del matrimonio que los une. Además, hacemos una breve diferenciación de qué es lo que distingue una denuncia por violencia doméstica y de género con una demanda de trato cruel ante la Jurisdicción de Familia. Universidad de Panamá, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 2024-11-29 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Artículo revisado por pares application/pdf https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/6385 10.48204/j.aderecho.n54.a6385 Anuario de Derecho; Núm. 54: Anuario de Derecho; 93-114 2953-299X 0553-0814 spa https://revistas.up.ac.pa/index.php/anuario_derecho/article/view/6385/4987 Derechos de autor 2024 Anuario de Derecho https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0