Sumario: | En 2013 se aprobó en México la Reforma al Artículo Tercero Constitucional, que norma el servicio educativo ofrecido por el Estado. Consecuentemente se definió un conjunto de Perfiles, Parámetros e Indicadores (PPI) en los cuales se establecen los conocimientos, las habilidades y las actitudes del personal educativo; entre otros, las de los directivos escolares. Con esta Reforma se buscó modificar el enfoque del puesto directivo que se planteaba en la normatividad que había operado hasta entonces y que se había basado en los Acuerdos 97 y 98, publicados en la década de los ochenta, por los que se estableció la organización y funcionamiento de las escuelas de educación secundaria en sus modalidades general y técnica en el país. No obstante, en 2014 se publicó el Acuerdo-01/03/14 en el cual se ratificó la vigencia de los Acuerdos 97 y 98. Esta condición propició que los PPI coexistan con dichos acuerdos, y se propicien tensiones en la normatividad que orienta el enfoque de las funciones directivas. El objetivo del presente trabajo es analizar, desde un ángulo comparativo, los documentos vigentes para la organización de las tres modalidades de educación secundaria en México: la general, la técnica y la telesecundaria. Los objetivos específicos son analizar las estructuras de los documentos, la reconfiguración de los puestos directivos y la reconstitución de las figuras directivas y de sus funciones como resultado de la reforma. Además, se plantea que impulsar políticas educativas que buscan el fortalecimiento de la autonomía de los centros escolares, sin modificar el marco normativo, produce tensiones de diversa índole que inciden en la organización escolar, en la función y en la carrera directiva. Concluye que dichas tensiones colocan al personal directivo en una posición ambigua situada entre un modelo del directivo-administrador y la del gestor-académico.
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