Materia y objeto del contencioso-administrativo

Todo juicio supone una petición para que el Juez realice una actuación frente a otra persona, en beneficio del actor. Para seguir a Guasp (Derecho Procesal Civil, pág. 255) puede decirse que la pretensión procesal es la declaración de voluntad, por la que se solicita una actuación de un órgano juris...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ortiz Ortiz, Eduardo
Formato: Online
Idioma:spa
Publicado: Universidad de Costa Rica - Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 2014
Acceso en línea:https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/17083
Descripción
Sumario:Todo juicio supone una petición para que el Juez realice una actuación frente a otra persona, en beneficio del actor. Para seguir a Guasp (Derecho Procesal Civil, pág. 255) puede decirse que la pretensión procesal es la declaración de voluntad, por la que se solicita una actuación de un órgano jurisdiccional frente a persona determinada y distinta del autor de la declaración.Lo típico del proceso contencioso administrativo que en el mismo la presentación del actor se refiere siempre –o debe hacerle- a actos administrativos. Esta pretensión tiene por específico fin el lograr la anulación o reforma de actos administrativos, haciendo valer los vicios jurídicos que padecen. El actor, en otras palabras, le pide al Juez que anule o reforme un acto frente a la Administración que lo dictó y frente a cualquier interesado.